Requisitos para el Cambio de Grado

Q.·. H.·. Carlos Nieto Betancourt.
R.·. L.·. Lautaro 197. Or.·. de Caracas, Venezuela.

Según los Estatutos Generales publicado por la Gran Logia de la República de Venezuela en 2007, en su capítulo II (Ascenso a Compañero) del Art. 81 al 84 se establecen los requisitos de obligatorio cumplimiento exigidos para tal fin, entre los que se encuentran que el Aprendiz haya asistido a por lo menos 21 tenidas ordinarias, estar solvente con la tesorería, haber presentado por lo menos un trabajo escrito relativo a su grado y aprobar el curso de aprendiz. En cámara de compañeros, se procederá a la calificación del aspirante. Aprobado el candidato, se le acordará el grado si obtiene la mayoría en votación nominal.

En el caso de la exaltación al sublime grado de Maestro estos se establecen en el capítulo III del referido estatuto, en sus Art. 87 al 90, entre los requisitos se encuentran que el Compañero haya asistido a por lo menos 35 tenidas ordinarias, estar solvente con la tesorería, haber presentado a la cámara por lo menos un trabajo escrito relativo a su grado y aprobar el curso básico de compañero. Presentada la solicitud por el 1er. Vigilante acompañado de las certificaciones del Tesorero en el caso de la solvencia y del Secretario en el caso del número de asistencias obligatorias y elevados los trabajos al Grado de Maestro se procederá a calificar al aspirante. Aprobado el candidato, se le acordará el grado si obtiene la mayoría en votación nominal.

Es importante señalar que si el candidato solicita el aumento de salario y no es aprobado, podrá hacer una nueva solicitud luego de haber asistido a por lo menos 6 tenidas ordinarias en el grado de aprendiz o 3 tenidas ordinarias en el grado de compañero según corresponda.

Ahora, si bien estos requisitos son de obligatorio cumplimiento, lo esencial, lo sustancial, los requisitos reales que la Masonería exige no son estos, o mejor dicho van más allá de estos.

El requisito es que el aspirante haya desarrollado la capacidad de ver y comprender más allá de las lecciones teóricas que le facilita su respectivo vigilante. El Q.·.H.·. Vigilante te mostrará el camino, y tu deber será transitarlo, asimilarlo y en definitiva caminarlo. El requisito se obtendrá cuando el aspirante o candidato comprenda la enseñanza que le está entregando el vigilante con la limitación que él tiene de no poderte revelar los secretos de grados superiores, y la que tiene el aspirante de no caer en lo superficial de pensar que la enseñanza debe comprenderla, entenderla o recibirla como un dogma.

En conclusión, el requisito para el cambio de grado está en desarrollar la habilidad de armar un rompecabezas, cuyas piezas las irá dando el respectivo vigilante pero no te podrá mostrar el dibujo, foto o imagen final. Querido hermano aspirante o candidato: “Ve lo que los demás no ven. Lo que los demás deciden no ver, por temor, conformismo o pereza”. En definitiva, en ese momento habrás alcanzado el requisito y lo más importante estarás viviendo el verdadero secreto masónico.

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